Entre lo utópico y lo verdadero
Por Claudia Guerrero Martínez
10 de febrero de 2026
Tráfico de influencias en SIPINNA; Daniela Griego asegura ser “puras mentiras” y Transparencia la desmiente
***Ineficiente inicio de la administración de Daniela Griego Ceballos, nepotismo y lazos familiares. Hasta su secretario particular Onar Morales García se lava las manos y asegura ser competencia de Recursos Humanos.
***Transparencia informa no permitir “el conflicto de interés como la posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas, derivada de intereses personales, familiares o de negocios”, cuando en la realidad impera el favoritismo para amigas y comadres.
Ineficiente arranque de la administración de la alcaldesa Daniela Guadalupe Griego Ceballos, quien pretende callar nuestras publicaciones, amenazando a obedientes columnistas y a medios de comunicación, alegando que si quieren un convenio con el Ayuntamiento de Xalapa, no le publiquen a Claudia Guerrero Martínez, ni sus investigaciones, pues según Griego Ceballos: “Claudia Guerrero sólo publica mentiras”. Y estas presuntas “mentiras”, en realidad han sido sustentadas con datos y documentos oficiales, como la información dada a conocer en anteriores entregas y en ésta, se fortalece bajo oficios redactados por la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Xalapa sobre lo que sucede en áreas de esta administración municipal.
CTX-0219-2026_organizedCon base al documento número CTX-0219/2026, con fecha del 4 de febrero de 2026, el cual dicta: “En relación a su solicitud de acceso a la información pública, presentada en esta Coordinación a mi cargo, por vía Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 950560726000036 y toda vez que la Administración Municipal del H. Ayuntamiento de Xalapa, tiene como uno de sus ejes rectores el principio de máxima publicidad en su gestión, facilitando a los particulares el ejercicio del derecho de acceso a la información… Se requiere la información solicitada mediante Oficios CTX-0192/2026 a la Dirección de Recursos Humanos, CTX-0193/2026 a la Contraloría Interna y CTX-194/2026 a la Secretaría Particular, emitidos con fecha del 27 de enero del año 2026”, teniendo la rúbrica de su titular Diana Margarita Guzmán Sánchez, coordinadora de Transparencia.
En la solicitud de información, éste dicta: “…Cuáles son las políticas para contratar a personal de honorarios y confianza, si hay excepción o impedimento, tener un vínculo sanguíneo para poder ser contratados dentro de la misma dependencia. La pregunta va a contraloría y presidencia… (SIC)”.
La Contraloría del Ayuntamiento de Xalapa informó textualmente y con faltas de ortografía sobre esta solicitud: “Al respecto, es importante señalar que esta contraloría del ayuntamiento de Xalapa no determina las políticas de contratación de persona bajo los regímenes de honorarios y de confianza, sin embargo es de notarse que dichas contrataciones deben estar sujetas a los principios rectores del servicio público previstos-en el artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, entre los cuales se contemplan la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y rendición de cuentas, así como la competencia por mérito. Estos principios resultan de observancia obligatoria para toda persona servidora pública, quien debe ajustar su actuación estrictamente a los mismos, absteniéndose de incurrir en conductas que puedan comprometer la objetividad e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones”.
Y va más allá: “Robusteciendo lo anterior, el artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas define el conflicto de interés como la posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas, derivada de intereses personales, familiares o de negocios. De igual forma, el artículo 58 del mismo ordenamiento legal establece la obligación de excusarse de intervenir, en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que exista un interés personal, familiar o de negocios. Para estos efectos, se entiende por interés familiar aquel que derive de relaciones de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, entre otros supuestos, con la finalidad de salvaguardar la integridad del servicio público y prevenir conflictos de interés”.
Con base a lo expuesto, se comprueba el nepotismo y tráfico de influencias, si así cabe describirlos, en áreas que parecen no existir, pero sí existen, como es en el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA). Y existiendo tanta gente profesionista con experiencia, capacidad y mejores currículums en Xalapa, la actual titular de SIPINNA, Sonia Contreras Brito prefirió no aprovechar, ni evaluar o al menos considerar a gente profesional en busca de trabajos en Xalapa y prefirió demeritar conocimientos y experiencia de otros, para beneficio de sus conocidas, comadres y amigas, en este caso, su amiga Patricia Martínez Rubio, quien se dice abogada.
En el caso de Patricia Martínez Rubio, en la pasada administración municipal, fue jefa de Atención a Víctimas y ahora trabaja en las oficinas de SIPINNA como su “particular”. Y aprovechando su “cuota de poder e influencia” con dicha titular, metieron a laborar dentro de la misma área a su propia hija Lizeth Lagunes Martínez, de quien sabemos es su hija, porque era conocida en la anterior administración municipal.
Sorprende cómo ha pasado en esta administración, al despedir a trabajadores valiosos que aportan trayectoria y experiencia, optando Sonia Contreras Brito por meter y contratar a “fuerzas” y descaradamente a la familia directa de su amiga Patricia Martínez Rubio, beneficiando entonces el sostén económico de un lazo consanguíneo, por encima de lo que verdaderamente importa, que es buscar la mejor atención profesional en esa área.
Con esta acción sólo se nota la improvisación, inexperiencia, falta de capacidad para dirigir un trabajo, pero sobre todo, la soberbia, para favorecer a costa de un área que requiere una atención de calidad como muchas otras, así como “apoyar” a su amiga para beneficiar a su familia, en este caso su hija, a través de la corrupción y tráfico de influencias.
Interesante que el secretario particular de Daniela Griego, de nombre Onar Morales García, se lava las manos sobre este tráfico de influencias y expide un documento oficial, con su rúbrica y sello, informando que los actos de nepotismo o lazos consanguíneos “son competencia de la Dirección de Recursos Humanos”.
¿Estará enterada la extraviada alcaldesa Daniela Griego Ceballos, quien se ha limitado a ser un florero y permite esta situación? ¿Seguirán las contrataciones, operando los favores de amigas y nepotismo, “Por el bien de Xalapa”?
Además, esto que permite la alcaldesa Daniela Guadalupe Griego Ceballos rompe con el Código de Conducta de las Personas Servidoras Públicas del Ayuntamiento de Xalapa, en su artículo 10 fracción III, así como el artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Administrativa, de acuerdo al oficio citado, afectando los principios de imparcialidad en el desempeño laboral, tanto de la Secretaría, así como de su amiga y su hija, por el nexo familiar del que son sabedoras y las canonjías que seguramente se permitirán entre ellas.
Si bien la “amiguita” Patricia Martínez Rubio no tiene cargo de una jefatura, hoy se refiere como su secretaria particular, lo que le da un poder de mando en ausencia de su jefa y amiga, Sonia Contreras Brito.
Ojalá revisen el poco trabajo realizado por estas personas en ese lugar tan escondido en el Ayuntamiento de Xalapa.
Dudas y comentarios: [email protected]
Visite: www.periodicoveraz.com y www.claudiaguerrero.mx
Facebook: https://www.facebook.com/www.claudiaguerrero.mx
Twitter: @cguerreromtz
Instagram: claudia.guerreromtz
TikTok: @claudia.guerrero53



