SEC: de la represión magisterial al usted disculpe

’24/11/2024’
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*No se deben bloquear calles pero tampoco reprimir

*Zenyazen debe ser denunciado por incumplimiento

 

DEFINITIVAMEMTE EL desalojo de profesores la noche del lunes cuando bloqueaban la carretera Xalapa-Veracruz y viceversa, frente a las instalaciones de la Secretaría de Educación de Veracruz fue un error por parte de las autoridades Estatales, y como siempre se culpa a una policía que solo recibe instrucciones de cómo actuar, en este caso con exceso de amenazas y violencia, incluido a periodistas, sin embargo, partiendo del justo medio, tampoco es correcto que un grupo de mentores, al no ser atendidos por el titular de la SEC, Zenyazen Roberto Escobar Pérez, que de entrada no recibe a nadie, bloquen una vialidad tan importante como la que obstaculizaron, ya que por esas rúas son transportadas, en ocasiones, personas enfermas, heridos, gente que requiere atención urgente y que tienen que dejar las unidades y caminar un largo trecho con el enfermo a cuestas para poder llevarlo a recibir atención. Ya en muchos casos, automovilistas desesperados han arremetido contra quienes bloquean arterias, puesto que el derecho de vía o tránsito está garantizado y protegido por la Constitución y las leyes emanadas de esta, y en ese contexto resulta incorrecto que en un acto de anarquismo se cancele esa garantía al resto de la sociedad que no tiene la culpa de los conflictos que enfrentan, y que sus actos no son la solución para resolver ningún problema, por el contrario, los agrava.

 

NO ESTAMOS a favor de los desalojos porque constituyen la razón de la sinrazón, pero tampoco de que se cierren calles, avenidas o carreteras, cuando Xalapa y algunas ciudades del Estado ya son de por si un caos. Los maestros ya habían tomado las instalaciones de la Secretaría de Educación de Veracruz, pero al no ser atendidos decidieron bajarse al arroyo vehicular y bloquear la importante carretera que enlaza a Xalapa con el norte y sur de Veracruz y con el norte y sur del País. Cientos, miles de automovilistas permanecieron varados por horas ante la intransigencia de los mentores de no abrir la circulación, ni siquiera de manera escalonada, mientras que Zenyazen –que debería ser sancionado por no cumplir con sus obligaciones, entre otras, atender las demandas del gremio magisterial- se encontraba escondido, refugiado o escapando por los acceso secretos de la dependencia para evitar tomarse con quienes antes defendía, al grado tal que participó en fuertes manifestaciones y cierres de vialidades cuando era opositor y contrario al Gobierno, pero las cosas cambian.

 

CIERTAMENTE, EL artículo 15 de la Convención Americana de Derechos Humanos protege el derecho de reunión pacífica y sin armas, y establece que tal ejercicio sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en su Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos refiere que las  instituciones competentes del Estado tienen el deber de diseñar planes y procedimientos operativos adecuados para facilitar el ejercicio del derecho de reunión. Esto involucra desde el reordenamiento del tránsito de peatones y vehículos en determinada zona, hasta el acompañamiento a las personas que participan en la reunión o manifestación para garantizarles su seguridad y facilitar la realización de las actividades que motivan la convocatoria.

 

EN EL mismo sentido, las fuerzas policiales requieren contar con normas de actuación definidas y con el entrenamiento profesional necesario para actuar en situaciones que involucran grandes concentraciones de personas, a los efectos de generar las condiciones para que estos eventos puedan desarrollarse en el marco de las normas establecidas y sin afectar el ejercicio de otros derechos humanos. El Estado tiene la obligación de proporcionar a sus fuerzas policiales el equipamiento y recursos de comunicaciones, vehículos, medios de defensa personal y de disuasión no letales adecuados para intervenir en estas circunstancias.  En todo caso, las fuerzas policiales deben recibir el entrenamiento y las órdenes precisas para actuar con la certeza de que su obligación es proteger a los participantes en una reunión pública o en una manifestación o concentración, en la medida que éstos ejercen un derecho.

 

PERO EN el caso del desalojo de profesores había consigna  no solo de reventar el bloqueo sino detener a mentores como escarmiento, y la policía cumplió las instrucciones superiores sin medir los alcances de un hecho que repercutirá en los comicios, y acaso por ello Zenyazen Roberto Escobar Pérez fue enviado la noche misma de la detención a liberar a quienes horas antes fueron detenidos y subidos con violencia a las camionetas policiacas. Cuitláhuac y Eric Patrocinio Cisneros Burgos, y no otros, están convertido en los grandes represores del Estado, y los funcionarios que integran el gabinete solo responden a sus instrucciones, aunque no por ello se puede excluir de responsabilidad a los manifestantes que a sabiendas que no son atendidos por Zenyazen siguen insistiendo con acciones anarquistas, cuando deberían denunciarlo por incumplimiento de un deber e, inclusive, apelar a amparos para obligarlo a bajarse de la nube, y no afectar el derecho de terceros. Así de simple…OPINA [email protected]