Propone Montserrat Ortega tipificar delitos contra la privacidad sexual

’25/11/2024’
’25/11/2024’
’25/11/2024’
  • Hasta 8 años de prisión a quien publique, difunda o divulgue imágenes erótico-sexuales sin aprobación de la víctima

  • Delito tendrá agravante cuando sea cometido por pareja o ex pareja sentimental o sexual de la víctima

Para la protección a los derechos humanos y atención al fenómeno de violación a la privacidad sexual que actualmente afecta en particular a mujeres, jóvenes y menores de edad, la diputada Montserrat Ortega Ruiz, Vocal de la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, presentó durante la décima segunda sesión ordinaria del Congreso del Estado, una iniciativa para incorporar y sancionar en Veracruz los delitos contra la privacidad sexual.

Durante la presentación de la iniciativa ante el Pleno, la legisladora señaló que con el uso de la tecnología y las plataformas digitales, ha incrementado la difusión de imágenes personales de contenido erótico-sexual, la mayoría de estas sin la autorización de la víctima y en total impunidad, pues el marco jurídico veracruzano aún no contempla castigo para este tipo de actos.

Abundó que los delitos de violencia sexual a través de medios digitales se realizan en dos sentidos: el primero a través del robo de datos y jaqueo de cuentas; y el segundo cuando de manera voluntaria y por el vínculo sentimental que la víctima mantiene con el agresor, se entregan las fotografías sin autorización de su publicación y divulgación.

Dichas acciones, donde la publicación y difusión de imágenes afecta principalmente a mujeres, jóvenes y menores de edad, culminan en la ciber persecución, sextorción y trata virtual de personas.

Es por ello, que en estrecha coordinación con la activista Olimpia Coral Melo Cruz y el Frente Nacional para la Sororidad, se desarrolló la propuesta de adición del Capítulo Quinto, al Título V Bis, denominado “Delitos contra la Privacidad Sexual” al Código Penal de Veracruz, y se derogan artículos del mismo Código por no tener los alcances necesarios para la sanción adecuada de estos delitos.

“Se establece un tipo penal especifico, sancionable, considerando estos hechos como una conducta dolosa, que atenta contra la dignidad humana, de naturaleza sexual, protege el bien jurídico tutelado, que es la privacidad sexual de  todas las personas, especialmente de las mujeres;  perseguible por querella en personas mayores de edad y con derecho de las víctimas a la reparación del daño, para evitar la impunidad y evitar que las víctimas sean expuestas o exhibidas en internet y en redes sociales, sin  autorización o consentimiento” detalló.

La iniciativa  establece sanción de cuatro a ocho años de prisión a quien divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima. El delito se perseguirá por querella.

Dicho delito y su respectiva sanción, se agravan cuando es cometido por el cónyuge o por persona con la que esté, o haya estado unida a la víctima por alguna relación de afectividad, aún sin convivencia, o cuando se cometa en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho. Las imágenes publicadas serán retiradas de manera inmediata, concluyó la diputada Montserrat Ortega.

A la propuesta se adhirieron el Grupo Mixto PRD-Movimiento Ciudadano, y la diputada Marigraz Hernández Iñiguez.