Juez Federal frena “Bosque de las Hadas” en Pueblo Viejo; advierte sanciones por desacato ambiental

’27/06/2026’
Por Staff

Pueblo Viejo, Ver.— Un juez federal concedió la suspensión definitiva dentro del juicio de amparo indirecto 248/2026 y ordenó la paralización inmediata de cualquier obra, construcción, mantenimiento o intervención relacionada con el proyecto turístico “Bosque de las Hadas”, al considerar la existencia de un posible riesgo de afectación al ecosistema de manglar en este municipio del norte de Veracruz.

La resolución, emitida por el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, instruye a todas las autoridades responsables a abstenerse de ejecutar, autorizar, permitir, reactivar o justificar cualquier actividad vinculada con el proyecto, además de impedir la emisión de permisos o actos administrativos que busquen mantenerlo en operación mientras la medida cautelar siga vigente.

El caso se remonta a las obras realizadas durante la administración municipal 2022–2025, encabezada por la entonces alcaldesa Valeria Nieto, periodo en el que se desarrollaron tanto el “Bosque de las Hadas” como el “Túnel del Amor”, proyectos que desde su origen han sido señalados por su posible impacto ambiental sobre humedales y manglares de la zona.

En el escenario actual, la resolución coloca bajo escrutinio a la administración encabezada por la alcaldesa María de los Ángeles Hernández Rodríguez, quien ha sostenido públicamente la apertura de estos espacios turísticos, asegurando su funcionamiento y atribuyendo los cierres observados a labores de mantenimiento, pese a las acciones emprendidas por la Profepa y el proceso judicial en curso.

El juez federal fue claro al establecer que, en materia ambiental, las autoridades tienen la obligación de demostrar que no existe riesgo de daño ecológico, y no limitarse a negar los hechos, criterio que —según la resolución— no fue acreditado de forma suficiente en el expediente.

Asimismo, el juzgado apercibe que las autoridades deberán acatar de inmediato la suspensión definitiva y advierte que, en caso de incumplimiento, se procederá conforme al artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, el cual establece que el desacato a una suspensión judicial constituye un delito.

En este sentido, los servidores públicos responsables podrían enfrentar penas de tres a nueve años de prisión, además de multas, destitución e inhabilitación para ocupar cargos, empleos o comisiones en el servicio público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas y penales que determine la autoridad competente.

La resolución también ordena la suspensión total de permisos, autorizaciones o actos administrativos que busquen reactivar o legitimar el proyecto, así como la reversión de cualquier acción realizada después del otorgamiento de la medida cautelar, en caso de ser jurídicamente posible.

El juzgador reiteró que debe prevalecer el principio de precaución ambiental y la protección del derecho humano a un medio ambiente sano, privilegiando la conservación del manglar por encima de cualquier interés turístico o de explotación del sitio.

Con esta determinación, el conflicto legal por el “Bosque de las Hadas” se intensifica y coloca a la administración municipal de Pueblo Viejo bajo una estricta obligación de cumplimiento judicial, ante el riesgo de consecuencias penales y administrativas por desacato.