***Violenta todas las leyes y su resguardo domiciliario.
***Aseguran que fue por “salvaguardar su vida” ante un presunto desalojo por derrame de hidrocarburos, lo cual es falso.
***Protección Civil, PEMEX y otras corporaciones no han emitido alerta al respecto.
Una vez más, el juez de control Álvaro Vázquez Campa abusa de su función jurisdiccional, inventando una hipótesis legal y ordenó que la Policía Ministerial sacara de su domicilio en Tihuatlán, Veracruz a Gregorio “Goyo” Gómez, sitio donde cumplía resguardo domiciliario, al haberse decretado previamente, no tener que estar en prisión.
El Juez Álvaro Vázquez Campa, a petición del fiscal Luis Antonio Domínguez Diaz, fiscal octavo adscrito a la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales de la Fiscalía General de Veracruz, ordenó fuera de audiencia y sin debate, modificar la medida cautelar de resguardo domiciliario que cumplía Goyo Gómez y ordenar su internamiento en el penal de Pacho Viejo, bajo el argumento de que el pasado día 9 de enero del año en curso, en Tihuatlán, Veracruz se suscitó un derrame de hidrocarburos, por el cual, se ordenó evacuar toda la zona y a fin de salvaguardar la vida y salud de Goyo Gómez, era urgente que lo regresan a prisión, al no tener dato de otro domicilio en donde pudiera éste ser resguardado.
Auto 100126 GREGORIO GÓMEZLlama la atención esta decisión judicial, porque la Ley es clara en establecer que toda medida cautelar de prisión se debe dictar en audiencia y no con base en una simple petición. Además, que la medida cautelar de prisión tiene como fin proteger a la víctima y testigos, no la vida del procesado, máxime si como en este caso, desde hace meses se resolvió por sentencia que Goyo Gómez no debía estar en prisión.
También, no se tiene ningún reporte por parte del Gobierno del Estado, ni por Protección Civil, tampoco por PEMEX, ni ninguna autoridad, por la cual hagan del conocimiento del supuesto derrame de hidrocarburos en la zona de Tihuatlán, Veracruz, ni orden de evacuación alguna.
El Código Penal para el Estado de Veracruz señala en su artículo 317 que comete el delito de abuso de autoridad, el servidor público que ilegalmente ordene o ejecute un acto o inicie un procedimiento, en beneficio propio o ajeno o en perjuicio de alguien.
Así mismo, el citado Código Penal en sus numerales 348 Bis fracción I y 348 Ter, señalan que comete el delito de prevaricación el servidor público que dolosamente, dicte una resolución de fondo o una sentencia definitiva que sean ilícitas por violar algún precepto terminante de la ley, así como quien ejecute actos o incurra en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebida.
El Juez Alvaro Vázquez Campa, hace evidente que sigue trabajando para su anterior jefa y actual Fiscal del Estado Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre, no obstante, en este asunto hay trabajo para el Tribunal de Disciplina Judicial, donde veremos si realmente hubo cambio o no en el Poder Judicial del Estado de Veracruz.


