Funcionarios: El incumplimiento de una obligación

  • Los casos de COVID-19 en el estado siguen en aumento
  • De poco sirvió restringir la movilidad de vehículos
  • Se debe de hacer forzoso el uso de tapabocas

Por Miguel Angel Cristiani Gonzalez

Luego de que el pasado fin de semana, del 28 de enero al 02 de febrero, fue restringida la movilidad en 84 municipios en el estado, a fin de evitar aglomeraciones en los centros de las cabeceras, las cifras de pacientes del coronavirus COVID-19 continúan imparables al alza.

La realidad es que en muy poco sirvió la medida de prohibir el tránsito vehicular en algunas de las principales arterias en los municipios, por el contrario, en las calles sin vehículos, la gente salió hasta más confiada, a caminar tranquilamente por las avenidas, como de hecho ocurrió aquí en la capital del estado.

Y los datos oficiales -que no significan la realidad de los contagiados porque muchos no son registrados por el sector salud- es que hasta la noche de este miércoles, hay estudiados 102 mil 181 casos, de los cuales tan solo 39 mil 733 resultaron negativos.

El número oficial de positivos acumulados es 51 mil 421 (+ 178 nuevos) en 209 municipios; los positivos activos ascienden a mil 137 y representan mayor riesgo por haber iniciado síntomas en los últimos 14 días. En tanto, 798 se consideran sospechosos activos.

De igual manera, suman 7 mil 171 (+ 36 nuevos) decesos en 194 demarcaciones y 11 mil 027 sospechosos continúan en investigación.

La Secretaría de Salud ha registrado mil 137 los casos, sin embargo, existe la posibilidad de que haya muchos más, puesto que mucha gente no acude a la instancia correspondientes, convirtiéndose en transmisor potencial.

Tal decisión, aunque sea calificada de imprudente, pone de manifiesto también que no se confía en las autoridades de salud, ni en sus recomendaciones, lo que ha provocado que nuestra entidad ocupe el color naranja del Semáforo Epidemiológico nacional; aunque a nivel estatal 12 municipios están en rojo y 106 en naranja. Asimismo, incrementó la ocupación hospitalaria en Poza Rica, Xalapa, Coatzacoalcos y Veracruz.

Pero no hay explicación para el motivo por el cual, las autoridades estatales -responsables de atender la pandemia en la entidad, se han limitado a reportar los datos de los pacientes y fallecimientos, en lugar de ordenar medidas más obligatorias y efectivas para proteger a la población, como lo es por ejemplo, el uso forzoso de los famosos tapabocas, que se los ponen quienes quieren y los que no, pues no, aunque representan un peligro para la transmisión del virus mortal.

Uno se tiene que cuestionar cuando ve a familias enteras, adultos mayores, hombres, mujeres y niños, que andan en las calles sin el cubre bocas ¿por qué las autoridades no han emitido un ordenamiento para que sea obligatorio el traer cubierta la nariz y la boca en lugares públicos.?

Como nosotros no somos abogados ni juristas, consultamos con nuestros amigos conocedores del tema, sobre si al no aplicar y hacer obligatorio -como ya se hace en otros países- el uso del tapabocas, estarían incurriendo en alguna falta que pudiera merecer hasta un castigo, nos comentan que efectivamente, “Todas las personas que desempeñan una labor, un empleo, cargo o comisión de carácter público, y de cualquier naturaleza, son responsables de los actos u omisiones que cometan en el desempeño de sus respectivas funciones.

De acuerdo al artículo 47 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las servidoras y los servidores públicos tendrán las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el ejercicio de sus actividades, pues el incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que atañen según la legislación.

¿Qué pasa por incumplimiento de las obligaciones?

Para ciertos servidores públicos que en el desempeño de sus funciones incurran en actos u omisiones que vayan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales se presenta una sanción política o constitucional, en la que mediante un juicio político se puede determinar la destitución o inhabilitación para desempeñar su cargo.

En los casos de falta administrativa, para las servidoras y los servidores públicos cuyos actos u omisiones vayan en demérito de la legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia, puede inquirir en atención a la gravedad: la amonestación privada o pública, la suspensión, destitución o inhabilitación para desempeñar su empleo, cargo o comisión. En algunos casos se ordenan sanciones económicas.”

Por eso es que no sería extraño, que alguna asociación, barra o grupo de abogados conocedores del tema, pudieran presentar una demanda en contra de los funcionarios que puedan resultar responsables de no tomar las medidas mínimas indispensables, para evitar que los números de pacientes y fallecimientos sigan creciendo en nuestro estado, que aunque lo quieran pintar de naranja, la mayoría estamos y seguimos en rojo.

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