Fiscales Xóchitl Straffon Santos y Pedro Lara Canela dilatan la libertad del empresario Jesús Viveros

’03/06/2026’

Por Staff

Orizaba, Ver. – Nuevamente la Fiscalía vuelve a actuar de manera cuestionable. El día de ayer se llevó a cabo la audiencia en la que el empresario Jesús Viveros pudo haber obtenido su libertad, al cumplirse dos años desde la integración de la carpeta por el supuesto delito de homicidio doloso.

La ley es clara. El Artículo 20, Apartado B, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que si el proceso penal se prolonga más allá de dos años sin que exista sentencia, el imputado debe ser puesto en libertad de inmediato, salvo que la demora sea atribuible a la defensa.

Cabe resaltar que, aunque se cumplen dos años de la imputación por ese delito, Jesús Viveros cumplirá tres años privado de su libertad este 27 de febrero.

El Artículo El Artículo 165 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) de México regula el límite temporal de la prisión preventiva. Establece que esta medida no puede superar el tiempo máximo de pena del delito, y en ningún caso excederá los dos años, a menos que el retraso sea por la defensa.
Aspectos claves del Artículo 165 del CNPP:
Límite de Tiempo: La prisión preventiva no puede exceder el máximo de pena fijado por la ley para el delito cometido.
Plazo Máximo: La duración no puede ser superior a dos años.

El día de ayer no existía impedimento legal para que Jesús Viveros obtuviera su libertad, al menos mediante una variación de medida cautelar. La prisión preventiva se ha convertido para él en una condena anticipada por hechos que asegura no haber cometido ni haber participado.

Sin embargo, los fiscales Xóchitl Straffon Santos y Pedro Lara Canela, quienes previamente han sido señalados por presuntas irregularidades en otros casos, movieron todos los recursos a su alcance para cambiar al juez que ya conocía el expediente y que tenía pleno contexto del caso. La audiencia fue retrasada durante varias horas hasta que se logró la sustitución del juzgador.

Finalmente, la jueza Norma Landa Villalba, sin exponer —según la defensa— fundamentos sólidos ni argumentos jurídicos suficientes, determinó ampliar la prisión preventiva por 10 meses más, lo que para la familia y defensa representa una vulneración al principio de presunción de inocencia.

Pasaron cinco horas para efectuar el cambio de juez. La audiencia no duró más de 45 minutos. En ese lapso se resolvió extender la medida cautelar, mientras que —según la defensa— la propia Fiscalía ha promovido diversos recursos de apelación que han retrasado el avance del juicio, impidiendo que el acusado pueda enfrentar un proceso en condiciones de igualdad.

A casi tres años de los hechos, aún no se conoce el paradero de la presunta responsable material del crimen. Existen señalamientos sobre otras personas que habrían participado o tenido relación con el caso; sin embargo, no se ha informado de avances contundentes en su localización.

La familia cuestiona por qué no se ha actuado con la misma rapidez que en otros casos de alto impacto en el país, donde en cuestión de semanas se logró identificar y detener a los responsables.

También denuncian que existen videos que, según su versión, demostrarían que Jesús Viveros se encontraba en su oficina la mañana de los hechos, en un horario que no coincide con el momento del homicidio. Aseguran que dichos materiales no fueron considerados o fueron omitidos dentro de la investigación.

Para la familia, el caso ha tomado un tinte político y no estrictamente jurídico. Exigen que se investigue a fondo, que se respeten los derechos constitucionales y que el proceso se conduzca con imparcialidad, transparencia y apego a la ley.