**Al ganar un amparo, Juez de Tuxpan deja precedente en los derechos laborales.
Foto: Redes Sociales
Por Claudia Guerrero Martínez
Xalapa, Ver.- Guillermo Vargas Hernández, quien de forma injustificada fue despedido como Juez en Tuxpan, la Justicia Federal le da la razón al ganar un amparo y recurso de revisión para ser reinstalado en su puesto, dejando un precedente en el Tribunal Superior de Justicia en Veracruz.
Y vayamos a los antecedentes. Con base a una Reforma al Artículo 58 Bis de la Constitución Política del Estado de Veracruz y publicada en la Gaceta Oficial, número 514, el día 26 de diciembre del 2017, que entró en vigor un día después, el 27 de diciembre del mismo año, en varios puntos, sobresale uno, en que será causa de remoción, además de las estipuladas por la Ley, el haber cumplido sesenta y cinco años… Dicha reforma, sirvió como fundamento para la emisión del oficio número 00043, con fecha 08 de enero del 2018, mediante el cual, informaron al Licenciado Guillermo Vargas Hernández de su despido en el cargo como titular del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Tuxpan, Veracruz. Violentando todos sus derechos laborales, ya que la ley no es retroactiva y durante casi un año y cinco meses, este abogado ha sido víctima del propio sistema.
El acuerdo, con fecha del 08 de enero del 2018, firmado por el Magistrado Edel Humberto Álvarez Peña, en su carácter de Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz y por la Maestra en Derecho Esmeralda Ixtla Domínguez, Secretaria Interina del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, notifican a Guillermo Vargas Hernández su despido como Juez en Tuxpan, con base a los criterios de la Ley arriba descrita, al tener 66 años cumplidos, siendo que ésta se aplica para los de nuevo ingreso y no para para personal con más de 30 años de antigüedad…
Y con base a estas violaciones a los derechos laborales, en contra de dicho acuerdo, el 25 de enero de 2018, Guillermo Vargas Hernández se vio en la necesidad de interponer un Juicio de Garantías, en contra del injusto y arbitrario retiro forzoso, manejado como despido que fue objeto, derivado de la Reforma al artículo 58 bis de la Constitución Política del Estado de Veracruz, radicándose bajo el número 26/2018, del índice del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Tuxpan. Señalando en la demanda de garantías como conceptos de violación el quitarle su fuente de trabajo y la violación al principio de irrectroactividad…
Las consecuencias de este retiro forzoso afectaron el patrimonio de Guillermo Vargas Hernández, ya que un Juez Jubilado percibe un pago de $460.18 centavos diarios, que en suma son $13,805.42 centavos mensuales, contabilizando al año la cantidad de $165,665.04 centavos, más el importe del aguinaldo equivalente a 30 días, aportado por el IPE, por lo que el ingreso anual total ascendería a $179,400 pesos… Este ingreso es muy inferior, al promedio anual del salario de Guillermo Vargas, ya que como Juez activo recibía más de $990,000 pesos anuales, aproximadamente…
Y ante esta injusticia, se otorga la sentencia con fecha 31 de julio de 2018, dictada por el Juez Octavo de Distrito Judicial de Tuxpan, Veracruz, la cual, concede el amparo y protección de la Justicia a Guillermo Vargas Hernández, al advertir la vulneración de la Inamovilidad Judicial y la Irretroactividad de la ley. Por tal razón, la Justicia de la Unión amparó y protegió al quejoso en contra del acto reclamado…
Inconformes con ello, el Licenciado Manuel Fernández Olivares, Delegado del Pleno y Secretario de Acuerdos Interino, Ana Isabel Grajales Lagunes, Subdirectora de Recursos Humanos y Humberto Rodríguez Losilla, Director General de Administración, todos del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, con fecha 21 de septiembre de 2018, interpusieron el recurso de revisión en contra de la sentencia, de fecha 31 de julio de 2018, dictada por el Juez Octavo de Distrito Judicial de Tuxpan, Veracruz, radicándose bajo el número 332/2018, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, Y con fecha 04 de abril de 2019, se confirmó la sentencia, a favor de Guillermo Vargas Hernández, advirtiendo que la sentencia recurrida era legal, en razón de que se advertía una vulneración al derecho de irrectroactividad…
Con base a todo lo expuesto, Guillermo Vargas Hernández tendrá que ser reinstalado en el cargo y pagar sueldos caídos, desde enero del 2018.