Aprobó Congreso de Veracruz nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información

’21/11/2024’
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  • Con 28 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención, diputadas y diputados avalaron esta ley a fin de dar cumplimiento a la Ley General de Transparencia.

Xalapa, Ver., a 26 de mayo del 2016.

 

 

Las diputadas y diputados de La LXIII Legislatura de Veracruz aprobaron por mayoría de votos la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado que regulará y garantizará el derecho del ciudadano para acceder a la información y mediante la cual los sujetos obligados deberán brindarla.

 

Con 28 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención avalaron esta ley a fin de dar cumplimiento a la Ley General de Transparencia que mandata incorporar en las legislaciones estatales una ley que regule y garantice al ciudadano el libre acceso a la información pública.

 

Toda persona tiene el derecho de obtener información, así como de consultar documentos y a obtener copia o reproducciones gráficas o electrónicas, simples o certificadas. No será necesario acreditar interés legítimo para solicitar y acceder a la información pública.

 

Esta nueva ley considera que el acceso a la información pública es gratuito y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de la entrega de reproducción y entrega solicitada.

 

Los sujetos obligados procurarán reducir los costos por reproducción, proporcionando la información a los particulares por medios electrónicos o electromagnéticos.

 

Son sujetos obligados de esta ley, los poderes ejecutivo, legislativo y judicial; así como ayuntamientos o concejos municipales; organismos descentralizados y desconcentrados de la Administración Pública Estatal y Municipal; los sistemas operadores de agua y saneamiento; organismos autónomos del Estado; universidades públicas e instituciones de educación superior pública dotadas de autonomía y partidos políticos y asociaciones.

 

También los fideicomisos y fondos públicos que cuenten con financiamiento público, parcial o total, o con participación de entidades de gobierno; organizaciones de la sociedad civil constituidas conforme a las leyes mexicanas; los sindicatos; los candidatos independientes y cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad del Estado o de los municipios.

 

 

Notarios Públicos no son sujetos obligados

 

No incluye a los notarios públicos en el listado de sujetos obligados, pues sólo les señala obligaciones específicas y no comunes, como al resto de quienes tienen tal carácter. Su función es delegada y no los convierte en servidores públicos, por no recibir remuneración con cargo al erario público.

 

El objetivo de esta ley, -indica el dictamen- es promover,  fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el acceso a la información y la participación ciudadana, así como la rendición de cuentas, a través del establecimiento de políticas públicas.

 

Para dar cumplimiento a esta norma, los sujetos obligados tendrán que constituir el Comité y las Unidades de Transparencia y vigilar su correcto funcionamiento; designar a los titulares de dichas unidades y nombrar a los servidores públicos que la integren; proporcionar capacitación continua y especializada al personal; mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental; permitir a los servidores públicos del Instituto el acceso a la información pública y a los archivos administrativos, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que les impone esta Ley, entre otros.

 

Es considerada como información reservada y no podrá difundirse lo relativo a lo que pueda poner en riesgo a la vida, seguridad o salud de una persona física; lo que obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes o afecte la recaudación de contribuciones; que obstaculice la prevención o persecución de delitos.

 

La que vulnere la conducción de los expedientes judiciales o los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio; investigaciones de hechos que la ley señale como delitos y se tramiten ante la Fiscalía General del Estado y la contenida en las revisiones y auditorías realizadas por los órganos de control o de fiscalización estatales, hasta en tanto se presenten ante la autoridad competente las conclusiones respectivas en los procedimientos consecuentes.

 

Posicionamientos

 

En la etapa de posicionamientos del Dictamen, el diputado Domingo Bahena Corbalá, luego de reconocer el trabajo de las comisiones de Justicia, de Transparencia y las aportaciones del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) y de los ciudadanos que acudieron al palacio legislativo para fortalecer esta ley,  celebró la aprobación de esta norma, porque –añadió- la transparencia y la rendición de cuentas van vinculadas.

 

Dijo que esta legislación permitirá a los ciudadanos conocer si es verdad o no lo que hace la autoridad. “Acabó el tiempo cuando el ciudadano creía todo lo que dice el gobierno, hoy todo podrá ser revisado por los ciudadanos”, expuso.

 

Sin embargo, el voto de su bancada fue en contra porque el dictamen de Ley de Transparencia, -indicó- no da cumplimiento a la Ley General de Disciplina Financiera, en relación a la responsabilidad hacendaria.

 

El presidente de la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, diputado Ciro Gonzalo Félix Porras sostuvo que la transparencia es una exigencia social y Veracruz da un gran paso en el cumplimiento a las peticiones de la población.

 

En el análisis de esta ley, aseguró, fue incluido el 95 por ciento de las propuestas de todos los que participaron. Esta legislación no tiene siglas partidistas, sino que representa una respuesta a las demandas de los veracruzanos por conocer números, movimientos y todo lo relacionado con el uso de los recursos públicos.

 

 

Discusión en lo General

 

El diputado Francisco Garrido Sánchez expresó que al no dar lectura al dictamen desconocía si sus aportaciones fueron incorporadas, por lo tanto su voto fue en contra.

 

El legislador José Ramón Gutiérrez de Velasco Hoyos expuso que esta legislación  no es exclusiva de Veracruz, sino de varias entidades del país. Criticó la postura de los diputados que votaron en contra porque –dijo- sus aportaciones fueron tomadas en cuenta para que los ciudadanos tengan las herramientas en información de los actos públicos y ello garantizará la confianza social.

 

En su segunda intervención, el diputado Domingo Bahena Corbalá expresó que no hay razones para reservar la información de las auditorías del Órgano de Fiscalización Superior del estado (Orfis).

 

La vocal de la comisión de Transparencia y Acceso a la Información, diputada Marcela Aguilera Landeta explicó que el Congreso de Veracruz adecúa esta ley a la normatividad general para transparentar el quehacer gubernamental para responder a la sociedad que exige que los servidores públicos trabajen correctamente.

 

Reserva de artículos

 

La diputada Ana Cristina Ledezma López reservó el artículo 68 al considerar que no debe haber una simulación y restringir el acceso a la información pública. “Nuestra responsabilidad es adecuarnos a lo que marca la ley general de transparencia y aquí le estamos colocando una traba para reservar información del Orfis”.

 

Con relación al artículo 88, el legislador Jorge Vera Hernández anotó que es necesario que además del Informe anual, el presidente del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, debe comparecer ante el Congreso del Estado para ampliar la información.

 

Ambas propuestas fueron desechadas por la mayoría del Pleno legislativo.